El concepto de democracia de la Constitución de Weimar

Autor/innen

  • Gertrude Lübbe-Wolff Universidad de Bielefeld

DOI:

https://doi.org/10.17811/hc.v0i20.606

Schlagworte:

Sistema electoral, parlamentarismo, partidos políticos, democracia directa, presidencialismo, Estado de derecho

Abstract

La constitución de la República de Weimar fue progresista y prometedora en muchos aspectos. Previó a medias un sistema parlamentario, un derecho del Parlamento a controlar al gobierno, pero atribuyó al Presidente del Reich la facultad de elegir y nombrar al canciller, al que le correspondía también el poder de disolver el parlamento a su antojo, e importantes poderes excepcionales. Los deméritos de ese diseño, para el que Hugo Preuß, el redactor de la Constitución de Weimar, se había basado en una teoría del parlamentarismo desarrollada por el jurista alsaciano Robert Redslob, contribuyeron al fracaso final de la Constitución. Los mecanismos de democracia directa, a menudo criticados, desde luego, no lo hicieron. Los principales motivos por los que fracasó la primera democracia de Alemania son totalmente ajenos a la Constitución.

Fecha de envío / Submission date: 22/04/2019

Fecha de aceptación / Acceptance date: 5/05/2019

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Veröffentlicht

2019-05-14

Ausgabe

Rubrik

Dossier: La Constitución de Weimar en su centenario (1919-2019)